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Lo primero que nos suelen aconsejar es acudir a un procedimiento monitorio. Es el proceso civil más utilizado en España porque, en teoría, está diseñado para ser rápido y la ley permite iniciarlo sin necesidad de contratar a un abogado ni a un procurador.
Pero aquí hay una trampa que casi nadie explica bien. El problema del monitorio es que es muy fácil empezarlo solos, pero es tremendamente peligroso terminarlo sin ayuda. El error viene cuando decidimos reclamar por nosotros mismos una deuda que supera los 2.000 euros o que a mitad del camino el deudor decide oponerse o hay que pedir un embargo. En ese instante, es necesario contar con la asistencia de un abogado y, verse buscando a uno con prisas y con el proceso ya atascado, suele costar más dolores de cabeza —y dinero— que haberlo hecho bien desde el primer día.
En esencia, el monitorio es el carril rápido que tienen los juzgados para cobrar facturas impagadas. Tú entregas los documentos que prueban la deuda —facturas, albaranes, correos— y el juez le da al deudor un plazo de 20 días para pagar o para explicar por escrito por qué no lo hace.
Si el impago es de una cantidad pequeña y tienes clarísimo que el deudor no va a poner ninguna excusa, puedes hacer este primer trámite por tu cuenta. Consulta nuestra guía sobre cómo reclamar una factura de hasta 2.000 euros sin abogado, donde explicamos paso a paso cómo presentar la petición de monitorio tú mismo.
Sin embargo, si la factura supera los 2.000 euros —que es lo más habitual en empresas y autónomos— o si sabes que el deudor va a dar problemas, quédate aquí. En estos casos la vía rápida se bloquea en cuanto el deudor mueve ficha, y seguir avanzando solos es un riesgo que no compensa.
El límite de los 2.000 euros es la línea roja que marca la Ley de Enjuiciamiento Civil para determinar cuándo necesitas representación obligatoria. Superar esta cantidad cambia radicalmente las reglas del juego en el juzgado.
Cuando la deuda supera esos 2.000 euros, el juzgado exigirá la intervención obligatoria de abogado y procurador en los dos momentos más críticos del proceso: si el deudor se opone, y si hay que ejecutar el embargo.
Una vez presentada la petición inicial, el juzgado da al deudor exactamente 20 días para actuar. Si en lugar de pagar presenta un escrito de oposición, el procedimiento monitorio se termina automáticamente y el caso se transforma en un juicio ordinario:
Para continuar con cualquiera de estos juicios con una deuda superior a 2.000 euros, la ley exige que acudas obligatoriamente con abogado y procurador. Verse buscando uno con el proceso ya atascado y los plazos corriendo es la situación más cara y evitable que existe.
Si tienes una deuda por cobrar que supera los 2.000€ o el deudor ya se ha opuesto, el proceso ha dejado de ser un trámite de formulario. Puedes reservar una videoconsulta (90€, descontables del encargo si finalmente te proponemos uno) y en una sesión te decimos si tu caso es viable, cuánto puedes recuperar y cómo proceder.
Imagina el escenario más favorable: el deudor no contesta. Pasan los 20 días y el Letrado de la Administración de Justicia dicta un decreto dándote la razón. Muchos creen que ahí termina el problema. No es así.
Ese decreto te da la razón legalmente, pero para recuperar el dinero hay que dar un paso más: solicitar la ejecución forzosa, es decir, pedir al juzgado que ordene el embargo de cuentas o bienes del deudor. Y si la deuda supera los 2.000 euros, la ley no te permite hacerlo por tu cuenta. Necesitarás abogado y procurador para ese trámite.
Quien desconoce este detalle se queda atascado en el peor momento posible: con la razón en la mano pero sin cobrar.
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige acreditar un intento de solución extrajudicial antes de poder presentar cualquier demanda. Si no lo haces, el juzgado inadmitirá tu petición sin entrar al fondo.
El mecanismo más utilizado es la Oferta Vinculante Confidencial (OVC) enviada mediante burofax o correo electrónico certificado. Si quieres entender qué cuenta como MASC válido y cómo acreditarlo ante el juzgado, consulta nuestra guía completa sobre qué hacer cuando recibes un burofax, donde explicamos también cómo redactar una comunicación fehaciente que cumpla el requisito.
Omitir el MASC tiene consecuencias directas: inadmisión de la demanda, posible condena en costas, y —si hay plazos de prescripción en juego— riesgo de perder el derecho a reclamar definitivamente.
Incluso para deudas inferiores a 2.000 euros hay situaciones en que ir solo es asumir un riesgo innecesario:
Si tienes una deuda por cobrar que supera los 2.000€ o el deudor ya se ha opuesto, el proceso ha dejado de ser un trámite de formulario. Puedes reservar una videoconsulta (90€, descontables del encargo si finalmente te proponemos uno) y en una sesión te decimos si tu caso es viable, cuánto puedes recuperar y cómo proceder.
Sí, la ley permite presentar la petición inicial sin abogado ni procurador, independientemente de la cantidad. Pero si el deudor se opone o hay que ejecutar el embargo, el juzgado te obligará a contratar estos profesionales de inmediato.
Si la deuda es de hasta 2.000 euros, el proceso pasa a juicio verbal y puedes defenderte tú mismo. Si supera los 2.000 euros y no te presentas con abogado y procurador, tu caso puede bloquearse en el juzgado.
Sí. La Ley Orgánica 1/2025 lo exige antes de cualquier demanda, sea cual sea el importe. El monitorio europeo es la única excepción relevante. Si presentas sin acreditarlo, el juzgado inadmitirá tu reclamación.
Depende de la complejidad, el volumen de documentación y si el proceso termina en fase inicial, va a juicio o requiere embargos. En la videoconsulta previa analizamos estas variables para darte un presupuesto cerrado y sin sorpresas.
Sí, es posible. Si intentaste negociar de buena fe mediante MASC y el deudor forzó la vía judicial sin justificación, el juez puede condenarle en costas, incluyendo los honorarios de tu defensa.
La ley te otorga 20 días para presentar escrito de oposición con tu abogado si no estás de acuerdo con la deuda. Si además te han incluido en un fichero de morosos, consulta nuestra guía sobre cómo salir de ASNEF en 2026 sin abogados.
Elige libremente el día y la hora que prefieras de nuestro calendario para que podamos escucharte por videoconferencia y ver si podemos ayudarte.
La reserva tiene un coste de 90€ (IVA incluido), que se descontará de la provisión de fondos solo si finalmente te proponemos un encargo profesional.

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