Guía práctica 2026: Cómo reclamar facturas impagadas de menos de 2.000€ sin abogado ni procurador. Requisitos del procedimiento monitorio, obligatoriedad del MASC y pasos para presentar tu petición con éxito.

Las facturas deben pagarse. De esto depende que la economía en general funcione, y eso los legisladores lo saben. Por esa razón, existe un proceso judicial especial muy sencillo para facilitar el cobro de facturas con un nombre un poco extraño: procedimiento monitorio.
Normalmente, cuando tenemos una factura pendiente de cobrar no sabemos bien qué hacer, y ya cuando nos vemos desesperados acudimos a un abogado. Sin embargo, esto no es estrictamente necesario, ya que desde 2011 podemos acudir directamente a los tribunales sin necesidad de abogado ni procurador para reclamar cuantías de menos de 2.000€, y el procedimiento monitorio no es una excepción.
Se trata de un procedimiento sencillo, pero para que sea más sencillo aún te hemos preparado una guía paso a paso para reclamar el pago de tu factura inferior a 2.000€. Vamos allá:
Para que tu petición sea admitida por el juzgado a la primera y el procedimiento monitorio siga adelante sin obstáculos, la deuda que vas a reclamar debe cumplir estrictamente con cuatro requisitos legales:
La respuesta es sí. Desde abril de 2025, la ley exige como paso previo y obligatorio haber intentado un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) antes de presentar la reclamación en el juzgado.
Sin embargo, en lugar de ver este nuevo trámite como una barrera que retrasa el cobro, resulta muy útil enfocarlo como una oportunidad: es la última vía formal para que tu cliente o deudor abone la factura de forma amistosa, ahorrándote tener que iniciar el procedimiento judicial.
Para cumplir correctamente con este requisito legal y que el juzgado admita tu petición sin problemas, solo debes tener en cuenta dos aspectos clave:
Una vez hayamos intentado el MASC y tengamos el certificado de intento, podemos sentir cierto vértigo al pensar en entregar papeles en el juzgado o tener que redactar una demanda, pero no es necesario. Existen formularios que puedes descargar gratis y donde solo debes rellenar tus datos, los del deudor, el origen de la deuda y la cantidad exacta. Y, además, este formulario lo puedes presentar por vía telemática con tu certificado digital a través de la Sede Judicial Electrónica, lo que te puede facilitar mucho hacerlo.
En siguientes artículos te explicaremos paso a paso cómo presentar este formulario oficial por internet, ya que, dependiendo de tu Comunidad Autónoma la plataforma o el formulario previsto puede variar.
Nota: Para una cuantía de menos de 2.000€, el trámite está totalmente exento de tasas judiciales, tanto si eres un particular como si eres un autónomo o empresa.
Una vez que el juzgado admita tu petición y localice a tu deudor, le enviará un requerimiento dándole un plazo estricto de 20 días hábiles para que pueda responder. En este punto, la pelota está en su tejado y solo te vas a enfrentar a uno de estos tres escenarios posibles:
La respuesta es NO. La ley es flexible y permite aportar mensajes electrónicos, como WhatsApp, para demostrar que existe una relación comercial y que te deben dinero. Sin embargo, para cumplir con el requisito obligatorio de 2025 (el MASC), los juzgados rechazan expresamente el uso de WhatsApp, SMS o llamadas telefónicas como prueba válida de haber intentado negociar. Para que te admitan la demanda, el requerimiento previo debe hacerse por un medio fehaciente, como burofax o correo electrónico certificado.
Absolutamente no. En el proceso monitorio, las cláusulas de los contratos que fijan los juzgados de una ciudad concreta no tienen ningún valor legal. La ley te obliga estrictamente a presentar tu petición inicial en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad donde tenga su domicilio o residencia el deudor. Si lo presentas en tu ciudad por comodidad, el juzgado se declarará incompetente y rechazará el trámite.
Sí. Al iniciar una reclamación judicial o enviar el requerimiento fehaciente previo, obtienes el justificante legal que Hacienda exige para poder rectificar y recuperar el IVA que ya adelantaste en su día por esa factura impagada, siempre que hayan pasado al menos seis meses desde el impago. Puedes leer más sobre eso en la página web de la Agencia Tributaria.
Sí, es totalmente posible y muy cómodo. Cualquier ciudadano puede realizar la presentación de su escrito inicial y subir las pruebas de la deuda de forma telemática a través de la Sede Judicial Electrónica o la Sede Electrónica que la Comunidad Autónoma tenga prevista, siempre que dispongas de tu DNI electrónico, certificado digital o sistema Cl@ve. El título que te recomendamos usar para el documento del certificado de intento de MASC es "DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA INTENTO ACTIVIDAD NEGOCIADORA MASC" para que el juzgado lo valide correctamente.
Es un caso particularmente raro si usamos facturas, ya que en la misma aparece el domicilio de la otra parte. Pero, si te resulta absolutamente imposible localizar al deudor para enviarle la reclamación previa, el juzgado te permite presentar una "declaración responsable". Se trata simplemente de un documento firmado por ti en el que declaras formalmente ante el juez que te es imposible intentar el acuerdo previo porque desconoces su paradero actual o el medio para contactarle. Pero ojo, sé totalmente transparente. Utiliza esta vía solo si de verdad el deudor está ilocalizable. Los jueces advierten que, si presentas esta declaración como "atajo" para ahorrarte el burofax o correo electrónico certificado y luego el juzgado descubre que podías localizarle, te arriesgas a que no admitan tu petición o te condenen a pagar las costas por actuar con mala fe.
Elige libremente el día y la hora que prefieras de nuestro calendario para que podamos escucharte por videoconferencia y ver si podemos ayudarte.
La reserva tiene un coste de 90€ (IVA incluido), que se descontará de la provisión de fondos solo si finalmente te proponemos un encargo profesional.

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