versión 1.0. · 18/06/2026

Política de Inteligencia Artificial

01
Objeto y ámbito de aplicación

La presente Política de Inteligencia Artificial (en adelante, la "Política de IA") define los principios, compromisos y límites que rigen el uso de sistemas de inteligencia artificial (IA) en PASSAS, tanto en la gestión interna del despacho como en los servicios prestados a clientes.

Es un documento público. Su publicación responde al compromiso de PASSAS con la transparencia en el uso de la IA y con el cumplimiento proactivo del Reglamento (UE) 2024/1689, cuya fecha de aplicación general es el 2 de agosto de 2026, sin perjuicio del calendario escalonado resultante de su modificación por el Reglamento Ómnibus Digital de IA.

02
Marco normativo

El uso de la inteligencia artificial en PASSAS se rige por los siguientes instrumentos:

(a) Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Reglamento de IA), en particular sus artículos 4 (alfabetización en materia de IA), 5 (prácticas prohibidas) y 50 (obligaciones de transparencia), así como las disposiciones aplicables a los responsables del despliegue y a los modelos de propósito general;

(b) el Reglamento por el que se modifica el Reglamento de IA en el marco del paquete Ómnibus Digital, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 24 de julio de 2026 y en vigor desde el 27 de julio de 2026, que mantiene el 2 de agosto de 2026 como fecha de aplicación general y como fecha de exigibilidad de las obligaciones de transparencia del artículo 50, y desplaza el calendario de las obligaciones aplicables a los sistemas de alto riesgo;

(c) Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), en cuanto al tratamiento de datos personales mediante sistemas de IA;

(d) Estatuto General de la Abogacía Española (Real Decreto 135/2021) y Código Deontológico de la Abogacía Española, en cuanto a los límites del ejercicio profesional asistido por herramientas tecnológicas;

(e) Norma ISO/IEC 42001:2023 sobre sistemas de gestión de la inteligencia artificial, como estándar de referencia para la gobernanza, evaluación de riesgos y mejora continua en el uso de la IA.

03
Clasificación de riesgo y sistemas utilizados

PASSAS actúa como responsable del despliegue de sistemas de IA de propósito general en las siguientes modalidades:

(a) Modelos de lenguaje de gran escala para asistencia en redacción, análisis jurídico, investigación, cumplimiento normativo, marketing y administración;

(b) Herramientas de generación y modificación de imágenes y contenidos visuales;

(c) Herramientas de asistencia al desarrollo de código y software;

(d) Herramientas de procesamiento de voz y transcripción de reuniones, utilizadas con el consentimiento expreso del interlocutor en los términos de la cláusula 7.

Conforme al Reglamento de IA, la totalidad de los sistemas utilizados se encuadra en la categoría de riesgo mínimo o limitado para los usos descritos en esta Política. PASSAS no utiliza sistemas de IA de alto riesgo en el sentido del Anexo III del Reglamento de IA ni sistemas cuya práctica esté prohibida por su artículo 5.

A los efectos del párrafo anterior, PASSAS hace constar expresamente que no despliega sistemas de IA destinados a ser utilizados por una autoridad judicial, o en su nombre, para la investigación e interpretación de los hechos y del Derecho o para la aplicación del Derecho a hechos concretos, ni sistemas destinados a la resolución alternativa de litigios, supuestos contemplados en el punto 8 del Anexo III del Reglamento de IA. La asistencia de IA en el trabajo jurídico del despacho se produce siempre en el marco del asesoramiento a clientes y bajo el criterio y la responsabilidad del abogado interviniente, conforme a la cláusula 5.1.

04
Usos autorizados

Los sistemas de IA son utilizados en PASSAS exclusivamente para las siguientes finalidades:

(a) Copiloto estratégico y asistencia a la toma de decisiones de gestión del despacho;

(b) Asistencia en la redacción y documentación jurídica, bajo supervisión y criterio del abogado responsable;

(c) Asistencia en el cumplimiento de estándares normativos e ISO en encargos profesionales y productos de compliance;

(d) Asistencia en marketing, comunicación y administración;

(e) Desarrollo de APIs, software y soluciones tecnológicas, en cumplimiento del Reglamento de IA y conforme a la ISO/IEC 42001:2023;

(f) Procesamiento de reuniones y videoconsultas, con consentimiento previo, expreso e informado del interlocutor, para la generación de informes de sesión.

Queda prohibido el uso de sistemas de IA en PASSAS para finalidades distintas de las anteriores. En particular, queda prohibido el uso de modelos gratuitos o de cualquier sistema que comparta o transmita datos del cliente o del despacho a procesos de entrenamiento.

05
Principios de uso responsable

5.1. Supervisión humana. Ninguna decisión que pueda afectar a los derechos o intereses de una persona es adoptada de forma exclusiva por un sistema de IA. El criterio jurídico es competencia exclusiva de los abogados del despacho. La IA asiste y apoya, pero no sustituye en ningún caso la responsabilidad profesional del abogado.

5.2. Verificación. PASSAS revisa la integridad, exactitud y autenticidad de toda la información generada por IA antes de utilizarla, publicarla o transmitirla. Esta obligación de revisión es especialmente rigurosa respecto a referencias normativas, jurisprudenciales y datos de hecho. La IA puede producir errores o referencias inexistentes; la responsabilidad de su detección recae en el profesional que utiliza el sistema.

5.3. Gestión del riesgo. PASSAS aplica un enfoque de gestión del riesgo conforme a la ISO/IEC 42001:2023, que incluye la evaluación de los sistemas de IA antes de su incorporación al flujo de trabajo, la delimitación de sus usos autorizados y la revisión periódica de su adecuación.

5.4. Modelos seguros. PASSAS utiliza exclusivamente sistemas de IA de pago que, conforme a sus condiciones contractuales, no emplean los datos procesados para el entrenamiento de modelos. El uso de herramientas gratuitas o que no ofrezcan estas garantías en el ejercicio profesional está expresamente prohibido.

5.5. Alfabetización en materia de IA. Conforme al artículo 4 del Reglamento de IA, exigible desde el 2 de febrero de 2025, PASSAS garantiza que quienes utilizan sistemas de IA por cuenta del despacho disponen de un nivel suficiente de conocimiento sobre su funcionamiento, sus limitaciones y los riesgos asociados a su uso. La formación se documenta internamente y se actualiza con la incorporación de nuevos sistemas y con los cambios normativos que la afecten.

06
Transparencia

6.1. Documentos asistidos por IA. Los documentos internos del despacho elaborados con asistencia de IA son sometidos a revisión y validación humana antes de su uso. En los documentos destinados a terceros en los que la IA haya intervenido de forma sustancial, PASSAS indicará dicha circunstancia cuando resulte relevante o cuando sea exigible conforme al artículo 50 del Reglamento de IA.

6.2. Contenido generado con IA. Las imágenes, diseños u otros contenidos visuales generados o modificados sustancialmente mediante IA y destinados a publicación se producen con el consentimiento informado de su autor y de quienes ostenten derechos de imagen sobre el contenido afectado. PASSAS no produce deepfakes ni ningún tipo de contenido sintético destinado a inducir a error sobre su origen o autenticidad, conforme al artículo 50.4 del Reglamento de IA.

6.3. Interacción con IA. Cuando en el desarrollo de servicios para clientes se utilicen sistemas de IA con los que el cliente interactúe directamente, PASSAS lo comunicará con carácter previo, en los términos exigidos por el artículo 50.1 del Reglamento de IA.

6.4. Contenido editorial publicado. Los contenidos publicados por PASSAS en su blog y en el resto del sitio web se elaboran bajo supervisión, revisión y responsabilidad editorial de un abogado identificado por su nombre y número de colegiación, que asume su contenido con independencia de que en su elaboración se haya empleado asistencia de IA. Concurre, por tanto, la excepción prevista en el artículo 50.4, párrafo segundo, del Reglamento de IA para el contenido sometido a revisión humana y responsabilidad editorial identificada.

6.5. Herramientas interactivas del sitio web. PASSAS pone a disposición de los usuarios herramientas interactivas —cuestionarios, autoevaluaciones, calculadoras y utilidades análogas—. A efectos del Reglamento de IA, toda herramienta publicada en el sitio web pertenece a una de estas dos categorías:

(a) Herramientas de lógica determinista. El resultado se obtiene aplicando reglas predefinidas por los abogados del despacho a los datos introducidos por el usuario, sin inferencia ni generación de contenido. No constituyen sistemas de IA en el sentido del artículo 3.1 del Reglamento de IA, conforme a su considerando 12, que excluye los sistemas basados en reglas definidas exclusivamente por personas físicas para ejecutar operaciones automáticamente. No les resulta de aplicación su artículo 50.

(b) Herramientas que incorporan sistemas de IA. Aquellas en las que el resultado se obtiene, total o parcialmente, mediante inferencia o generación de contenido por un sistema de IA, incluidos los asistentes conversacionales.

Cada herramienta indica en su propia interfaz, y antes de su utilización, la categoría a la que pertenece. Cuando pertenezca a la categoría (b), esa indicación identifica el sistema empleado y da cumplimiento a la obligación de información del artículo 50.1 del Reglamento de IA. La clasificación se efectúa con carácter previo a la publicación de cada herramienta y se revisa cuando se modifique su funcionamiento.

El alcance y los efectos del resultado obtenido mediante estas herramientas se rigen por la cláusula 3 del Aviso Legal.

07
Voz, imagen y consentimiento

El procesamiento de la voz, imagen o cualquier dato biométrico de una persona mediante sistemas de IA requiere su consentimiento previo, expreso e informado. PASSAS no utiliza sistemas de IA para el reconocimiento, análisis ni clasificación de estados emocionales en ningún contexto, en cumplimiento del artículo 50.3 del Reglamento de IA y como expresión de un compromiso deontológico propio del despacho. El procesamiento de grabaciones de videoconsultas u otras reuniones se rige por los Términos y Condiciones del Servicio y la Política de Privacidad.

08
Confidencialidad

Los sistemas de IA utilizados por PASSAS son seleccionados atendiendo a las garantías que ofrecen en materia de tratamiento confidencial de datos, ausencia de uso de dichos datos para el entrenamiento de modelos y conformidad con el RGPD. Ningún dato de cliente, dato profesionalmente protegido o información sensible del despacho se introduce en sistemas que no ofrezcan estas garantías de forma contractualmente vinculante.

09
Derechos de las personas

Ninguna práctica de IA de PASSAS tiene por objeto o efecto la discriminación, el menoscabo de derechos fundamentales, la puntuación social ni ninguna forma de vigilancia o manipulación conductual. Todas las prácticas enumeradas en el artículo 5 del Reglamento de IA están expresamente prohibidas en el despacho. Las personas que hayan interactuado con servicios de PASSAS en los que la IA haya intervenido pueden dirigir sus consultas o reclamaciones a privacidad@passas.io.

Con independencia de lo anterior, cualquier persona puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), como autoridad nacional de vigilancia del mercado, en los términos del artículo 85 del Reglamento de IA.

10
Modificaciones

La presente Política de IA será revisada periódicamente y actualizada cuando se incorporen nuevos sistemas o usos de IA, cuando se produzcan cambios normativos relevantes o cuando la evaluación de riesgos así lo determine. La versión vigente es la publicada en el sitio web en el momento del acceso.

11
Idiomas

Esta Política se redacta originalmente en español y se publica también en inglés. Ambas versiones se corresponden en su contenido sustantivo y cada una indica su fecha de actualización. En caso de discrepancia entre ambas se estará a lo dispuesto en la cláusula 6 del Aviso Legal.

PASSAS emplea sistemas de IA como apoyo en la traducción y localización de los contenidos del sitio web, incluidos sus textos legales. Toda traducción es objeto de revisión humana por un abogado del despacho con carácter previo a su publicación, conforme a la cláusula 5.2.

preguntas frecuentes sobre La política de inteligencia artificial

Probablemente sea la primera vez que ves una Política de IA en una web.

¿Qué es una política de inteligencia artificial?

El documento que define la forma en la que tu organización utiliza la ia
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El Reglamento (UE) 2024/1689 lleva en vigor desde agosto de 2024 y su fecha de aplicación general es el 2 de agosto de 2026, con un calendario escalonado que llega hasta 2028 para determinadas categorías de sistemas; establece obligaciones para cualquier empresa que despliega sistemas de IA, con independencia de si los ha desarrollado ella misma.

¿Es obligatorio tener una política de IA?

No para todos los casos (todavía), pero la ley va en esa dirección y es recomendable tenerla
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El Reglamento de IA introduce obligaciones graduadas y con fechas distintas. Desde febrero de 2025 son exigibles las prácticas prohibidas del artículo 5 y la alfabetización en IA del artículo 4, que afecta a cualquier organización cuyo personal utilice estas herramientas. Desde el 2 de agosto de 2026 se aplican las obligaciones de transparencia del artículo 50: avisar cuando alguien interactúa con una IA y etiquetar el contenido sintético. Las obligaciones de alto riesgo, tras el Ómnibus Digital, se desplazan a diciembre de 2027 y agosto de 2028 según la categoría del sistema. Publicar una política no es en sí mismo una obligación autónoma, pero es el instrumento que permite acreditar el cumplimiento de las que sí lo son —empezando por la alfabetización— y evitar construirlo con urgencia cuando llegue la primera inspección o el primer cliente que la exija como requisito contractual.

¿Me afecta aunque solo una IA de terceros (como Claude o ChatGPT) para mi empresa?

Sí, el Reglamento distingue entre quien desarrolla y quien despliega, y obliga a ambos
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La figura del deployer o responsable del despliegue engloba a cualquier empresa que utiliza un sistema de IA en el marco de su actividad profesional, aunque ese sistema lo haya desarrollado un tercero. Usar herramientas de generación de texto, asistentes de código o sistemas de transcripción en procesos internos o en la atención a clientes ya te convierte en deployer a efectos del Reglamento. Las obligaciones concretas dependen del nivel de riesgo del sistema utilizado, pero la responsabilidad de identificarlo y documentar los controles aplicados recae sobre la empresa que despliega.

¿Puedo simplemente usar una plantilla o pedirle a mi IA que me haga una política de IA?

Puedes, pero sin supervisión y sin cotejo profesional puedes correr riesgos innecesarios
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Una política redactada sin conocer el stack tecnológico de la organización no protege ante ningún conflicto real. La que funciona identifica herramienta por herramienta, delimita los usos autorizados y prohibidos, establece quién puede introducir qué tipo de datos en cada sistema y define el proceso de supervisión humana antes de que cualquier output de IA tenga consecuencias jurídicas o económicas. El AI Act y el RGPD se solapan en prácticamente todos los casos de uso que involucran datos personales, y una política bien redactada resuelve ese solapamiento en lugar de ignorarlo.

¿Podéis redactar la política de IA de mi empresa?

Sí, es parte del web pack que elaboramos para empresas y profesionales con presencia digital
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La política de IA es el documento del pack cuyo contenido más depende del perfil real de la organización: los sistemas que utiliza, los datos que procesa y el nivel de riesgo de cada caso de uso condicionan cada cláusula. La redactamos junto al aviso legal, los términos y condiciones, la política de privacidad y el DPA, de forma que la gestión del riesgo IA quede integrada con el cumplimiento del RGPD donde ambos se solapan. El punto de partida es una videoconsulta de 90€, descontables del encargo si finalmente formalizamos uno.