Qué leer antes de firmar, qué pruebas guardar, cuánto tiempo tienes para reclamar y quién paga un juicio si lo pierdes. Respuestas claras antes del conflicto.
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Casi todo el mundo llama a un abogado cuando ya le ha llegado la demanda o cuando ya ha decidido ponerla. Para entonces, lo que va a decidir el juicio está escrito: el contrato que se firmó, los mensajes que se guardaron o se borraron, el plazo que corrió mientras nadie hacía nada. El abogado puede defender ese material, pero ya no puede cambiarlo.
En eso un abogado se parece a un cirujano. Puede ser excelente en lo suyo y, aun así, nunca es buena noticia acabar en su quirófano. Una consulta antes de firmar, o cuando aparece el primer roce, cuesta mucho menos que un pleito y muchas veces lo evita. Lo que sigue son los momentos en que esa consulta cambia el resultado y lo que puedes hacer tú mismo en cada uno.
Un acuerdo de palabra obliga igual que uno escrito, porque los contratos valen cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado. El problema llega en el juicio, donde quien reclama tiene que probar lo que afirma y lo hablado en una cocina se convierte en tu palabra contra la suya.
Esa es la idea que ordena todo lo demás. Gana quien puede demostrar su versión, y la prueba se reúne mientras la relación va bien, porque cuando se rompe nadie vuelve a confirmar nada por escrito.
La primera prueba es el contrato. Antes de firmar, conviene leer, o que lea un abogado, los puntos que luego se discuten en los juzgados:
Cuando contratas como particular con una empresa, las cláusulas abusivas son nulas, pero hacerlo valer exige reclamar y a veces demandar, y detectarlas antes de firmar sale mucho más barato. Si ya tienes el contrato delante, una opinión escrita (120 €) te dice qué cambiar antes de firmarlo.
La segunda prueba son los mensajes. Un WhatsApp o un correo sirven como prueba en un juicio civil, porque la ley admite cualquier soporte que reproduzca palabras, imágenes o datos. Si la otra parte dice que están manipulados, te toca demostrar que son auténticos, así que guárdalos bien:
Una reforma pactada por WhatsApp que acaba con una factura 2.500 € más alta de lo presupuestado se arregla con una llamada si el cambio de azulejo quedó aceptado en el chat. Si se habló en persona, la discusión pasa a ser quién recuerda mejor, y esa suele terminar ante un juez.
Cuando algo empieza a torcerse, todavía puedes cerrarlo sin juez, pero el reloj ya corre. Para reclamar una deuda o un contrato incumplido tienes cinco años desde que pudiste exigir el pago, y para un daño sin contrato de por medio, un año desde que lo supiste. Pasado el plazo, la acción prescribe y el otro puede negarse a pagar aunque tengas toda la razón.
| Qué reclamas | Plazo | Qué lo interrumpe |
|---|---|---|
| Una deuda o un contrato incumplido | 5 años | Reclamar por escrito o en el juzgado, que el deudor reconozca la deuda o proponerle negociar |
| Honorarios de profesionales y trabajos de oficio | 3 años desde que terminó el servicio | Las mismas vías |
| Un daño sin contrato (la fuga de agua del vecino, un golpe con el coche) | 1 año | Las mismas vías |
| Defectos ocultos de algo que compraste | 6 meses desde la entrega | Solo la demanda dentro de plazo es segura |
Interrumpir el plazo es ponerlo a cero, y basta una reclamación por escrito o la propuesta de negociar que exige la ley. Antes de demandar, además, intentar un acuerdo es obligatorio. Desde el 3 de abril de 2025, casi ninguna demanda civil se admite sin ese intento previo, que puede ser una negociación directa, una mediación o una oferta vinculante, y no hace falta abogado salvo en la oferta vinculante de más de 2.000 €. Qué vale como intento y cómo acreditarlo lo explica el artículo sobre el MASC en la práctica.
Este es el momento en que una consulta sale más rentable. Una primera reclamación bien planteada interrumpe el plazo, deja acreditado el intento de acuerdo y muchas veces cierra el conflicto. Es el trabajo de una reclamación extrajudicial, que en PASSAS enviamos por comunicación electrónica certificada; el burofax de Correos, que es lo que conoce casi todo el mundo, cumple la misma función en papel.
Si eres tú quien recibe la carta, ignorarla es el error más caro de esta fase. Si la reclamación es fundada, desde que la recibes estás en mora y lo que debes genera intereses. Si te demandan después y das la razón al demandante antes de contestar, el juez puede cargarte las costas por mala fe, y si rehusaste negociar sin motivo, no te pagarán tus costas aunque ganes. Contestar no te compromete a nada, y la guía sobre qué hacer cuando te llega un burofax explica cómo hacerlo.
Si pierdes del todo un juicio civil, lo normal es que pagues a tu abogado, a tu procurador y además las costas de la otra parte, salvo que el juez aprecie serias dudas de hecho o de derecho. Las costas son sobre todo los honorarios del abogado y del procurador contrarios, con un tope de un tercio de lo que se discute: en un pleito por 30.000 €, hasta 10.000 €. Las personas físicas, al menos, no pagan tasa judicial.
A eso se suman meses de espera, años si hay recurso, y una sentencia que no controlas. Por eso en PASSAS solo aceptamos un pleito cuando hay al menos 10.000 € en juego y nuestros honorarios no superan el 20 % de esa cantidad. Un abogado tiene que empezar por no dañar a su cliente, y meterle en un pleito que no le compensa es dañarle, aunque tenga razón. La Balanza hace esa cuenta con tu caso en dos minutos, y cuando el pleito sí compensa, el encargo de juicio civil empieza por el intento de acuerdo y llega hasta la sentencia.
Consultar antes tampoco significa contratar siempre a un abogado. No lo necesitas en un juicio verbal de hasta 2.000 € ni para presentar la petición de un monitorio, sea cual sea la deuda (abogado, procurador y monitorio). Y entre 2.000 y 10.000 €, lo honesto por nuestra parte es decirte que un despacho de tu ciudad te lo llevará a un coste más proporcionado. La Consultilla te dice en dos minutos si la ley te exige abogado y por qué vía puedes reclamar tú, y cuándo necesitas abogado y cuándo no explica qué pesa en esa decisión.
Conviene consultar antes de firmar cualquier cosa que te vaya a acompañar durante años o que no podrías permitirte perder. En los asuntos que nos llegan tarde, el error casi siempre se cometió en uno de estos momentos:
Sí. En cuanto lo aceptas hay acuerdo sobre el trabajo y sobre el precio, y el contrato obliga a las dos partes. Guarda el presupuesto y tu aceptación juntos.
Puede interrumpirla, porque la ley no exige una forma concreta para reclamar fuera del juzgado. El punto débil es probar que el otro lo recibió, y una comunicación certificada elimina esa duda.
No siempre. Por regla general solo recuperas las costas si ganas en todo, con el tope de un tercio de lo que se discutía, y si el abogado no era obligatorio sus honorarios no entran en las costas.
Como particular, 14 días naturales desde que recibes el producto, sin dar explicaciones. Si la tienda no te informó de ese derecho, el plazo se alarga doce meses.
Este artículo se ha preparado con ayuda de inteligencia artificial. El abogado que lo firma ha revisado cada dato y responde de su contenido.
Así usamos la IA en el despachoSabrás cuánto cuesta tu pleito civil antes de empezar, del intento de acuerdo a la sentencia.
Antes de cualquier juicio, la ley te pide intentar cobrar por las buenas, y lo intentaremos por ti.
Los mejores socios firman sus reglas cuando todavía se llevan bien.