Constituiremos la sociedad con su pacto de socios y solicitaremos su marca.
§ 1
Criterio
Pediremos el nombre al Registro Mercantil, prepararemos la escritura con la notaría y gestionaremos la inscripción y el NIF. Vosotros aportaréis el capital y firmaréis la escritura.
Redactaremos el pacto de socios con el vesting, las salidas, las mayorías y los derechos de arrastre y acompañamiento, y después los estatutos a partir de él, para que no se contradigan.
Redactaremos la cesión a la sociedad de lo que programasteis y diseñasteis antes de constituirla, y de lo que hicieron los freelances, lista para firmar el mismo día que la escritura.
Buscaremos marcas anteriores parecidas a la vuestra y presentaremos la solicitud ante la OEPM a nombre de la sociedad, en la clase de vuestra actividad.
§ 2
Encargo
El importe exacto se cierra en la hoja de encargo antes de pagar, con los gastos previsibles incluidos. Si el encargo se alarga, no pagas más.
§ 3
Proceso
Acuerdo de confidencialidad unilateral suscrito por PASSAS antes de la videoconsulta, disponible sin coste adicional a petición del cliente. Se aplica exclusivamente al despacho (no es necesaria la firma de la otra parte) y añade una capa contractual explícita sobre las obligaciones de secreto y sigilo profesional propias del ejercicio de la abogacía.
Sesión de trabajo de 60 minutos por videoconsulta en la que analizamos tu situación, tus necesidades específicas y nuestra capacidad para ayudarte. Valoraremos tu posibilidad de contratar con nosotros y te anticiparemos el precio cerrado. Puedes reservarla libremente a través del enlace de nuestra web a Google Calendar y abonar 90 € por Stripe.
Contrato entre los socios que regula el vesting, el buen y el mal abandono, las mayorías y los bloqueos, y los derechos de arrastre y acompañamiento, coherente con los estatutos de la sociedad.
Estatutos redactados a partir del pacto de socios, certificación negativa de denominación, escritura preparada con la notaría, NIF de la sociedad e inscripción en el Registro Mercantil. Los honorarios de notaría y Registro se pagan aparte.
Documento por el que fundadores y colaboradores ceden a la sociedad el código, la marca y el resto de creaciones anteriores a su constitución o realizadas fuera de un contrato laboral.
Búsqueda de marcas anteriores parecidas y presentación de la solicitud de registro ante la OEPM a nombre de la sociedad, en una clase. Las tasas de la OEPM se pagan aparte.
§ 4
Responsables

Entiendo la abogacía como una disciplina de precisión. Trabajo donde el derecho se cruza con la tecnología y con las operaciones entre países, y leo el código y los contratos con la misma atención. Antes de aceptar un encargo te digo si merece la pena y cuánto cuesta, con precio cerrado.
§ 5
Preguntas
La constitución e inscripción de la sociedad, el pacto de socios, la cesión a la sociedad del código y la marca creados antes de constituirla, y la solicitud de registro de la marca ante la OEPM en una clase.
Los honorarios de la notaría, los aranceles del Registro Mercantil y las tasas de la OEPM, que se detallan en la hoja de encargo. El capital social lo aportáis vosotros.
Lo presupuestaremos en la hoja de encargo antes de empezar.
Sí. Los socios y administradores extranjeros necesitarán un número de identificación fiscal español, y lo gestionaremos al principio del encargo.
Entonces el encargo adecuado es el Pacto de socios, desde 1.500 € + IVA.
Desde 3.000 € + IVA, en tres semanas desde que tengamos la documentación de todos los socios. El importe exacto se cierra en la hoja de encargo antes de que pagues.
Sesenta minutos por Google Meet con un abogado colegiado. Cuestan 90 € con IVA incluido y se descontarán de la primera factura si después hay encargo.