Pediremos en España el reconocimiento y la ejecución de tu sentencia.
§ 1
Criterio
La ejecutaremos directamente, con el certificado del tribunal de origen y las traducciones necesarias.
Primero pediremos su reconocimiento mediante exequátur y después su ejecución: dos procedimientos distintos en un mismo encargo.
Solicitaremos la averiguación patrimonial y los embargos que procedan en España.
§ 2
Encargo
El importe exacto se cierra en la hoja de encargo antes de pagar, con los gastos previsibles incluidos. Si el encargo se alarga, no pagas más.
§ 3
Proceso
Sesión de trabajo de 60 minutos por videoconsulta en la que analizamos tu situación, tus necesidades específicas y nuestra capacidad para ayudarte. Valoraremos tu posibilidad de contratar con nosotros y te anticiparemos el precio cerrado. Puedes reservarla libremente a través del enlace de nuestra web a Google Calendar y abonar 90 € por Stripe.
Documento elaborado tras la aceptación del encargo que recoge y comunica la estrategia jurídica acordada para el asunto. Concreta el planteamiento procesal, los argumentos principales, la prueba que se va a desplegar y los objetivos del procedimiento. Es la hoja de ruta del caso y el punto de referencia para cualquier decisión táctica posterior.
Procedimiento para obtener en España el reconocimiento de una sentencia dictada fuera de la Unión Europea, requisito previo para poder ejecutarla.
Escrito por el que se pide al juzgado que despache ejecución sobre la sentencia o el título, con la solicitud de averiguación patrimonial y de los embargos que procedan.
Atención continua del asunto entre actuaciones principales: control de plazos, impulso procesal o administrativo, atención a requerimientos de subsanación y gestión de notificaciones. El cliente recibe comunicación puntual cada vez que hay una novedad en el expediente y no tiene que preguntar para saber qué está pasando.
§ 4
Responsables

Entiendo la abogacía como una disciplina de precisión. Trabajo donde el derecho se cruza con la tecnología y con las operaciones entre países, y leo el código y los contratos con la misma atención. Antes de aceptar un encargo te digo si merece la pena y cuánto cuesta, con precio cerrado.
§ 5
Preguntas
Si viene de otro Estado de la Unión, en la mayoría de los casos no, porque basta el certificado del tribunal de origen. Si viene de fuera, primero habrá que obtener su reconocimiento mediante exequátur.
La sentencia, la acreditación de que puede ejecutarse, el certificado que corresponda y las traducciones juradas. Te diremos cuáles exactamente en la videoconsulta.
Nuestros honorarios nunca superan el 20 % de lo que está en juego, así que encaja a partir de 10.000 €.
Desde 2.000 € + IVA. Si la sentencia necesita exequátur, su coste se añade en la misma hoja de encargo.
60 minutos por Google Meet con un abogado colegiado especializado en inteligencia artificial, datos, litigación o derecho internacional. 90 €, IVA incluido, descontables de la primera factura si finalmente aceptamos tu encargo. Sales con criterio jurídico y con el precio cerrado de lo que venga después.