Recibirás tus sistemas clasificados y la documentación de cumplimiento escrita.
§ 1
Criterio
Clasificaremos cada herramienta de IA de tu empresa y fijaremos si actúas como proveedor o como responsable del despliegue, porque de eso dependen tus obligaciones.
Separaremos lo que ya es exigible de lo que llegará en 2027, para que inviertas en el orden correcto.
Redactaremos la política de IA, los avisos, los contratos con proveedores y el resto de documentos que respaldan tu posición.
§ 2
Encargo
El importe exacto se cierra en la hoja de encargo antes de pagar, con los gastos previsibles incluidos. Si el encargo se alarga, no pagas más.
§ 3
Proceso
Acuerdo de confidencialidad unilateral suscrito por PASSAS antes de la videoconsulta, disponible sin coste adicional a petición del cliente. Se aplica exclusivamente al despacho (no es necesaria la firma de la otra parte) y añade una capa contractual explícita sobre las obligaciones de secreto y sigilo profesional propias del ejercicio de la abogacía.
Sesión de trabajo de 60 minutos por videoconsulta en la que analizamos tu situación, tus necesidades específicas y nuestra capacidad para ayudarte. Valoraremos tu posibilidad de contratar con nosotros y te anticiparemos el precio cerrado. Puedes reservarla libremente a través del enlace de nuestra web a Google Calendar y abonar 90 € por Stripe.
Análisis jurídico del modelo de negocio que determina qué normativa afecta a la empresa, qué riesgos legales existen y qué documentación es obligatoria antes de operar. Cubre el marco regulatorio sectorial, las obligaciones en protección de datos, los contratos esenciales y los requisitos de autorización o licencia aplicables.
Análisis jurídico de los sistemas de inteligencia artificial que opera o despliega la empresa bajo el Reglamento (UE) 2024/1689. Determina el rol regulatorio de la empresa (proveedor, deployer o ambos), clasifica cada sistema según el nivel de riesgo del AI Act y establece el mapa de obligaciones aplicables. La base documental sobre la que se construye cualquier proceso de cumplimiento.
Documentación necesaria para el cumplimiento del RGPD y, en general, cualquier normativa relativa tanto a protección de datos como a tratamiento y transferencia de datos, también internacional, en la relación con usuarios y con los proveedores que tratan datos por tu cuenta, con los mecanismos legales necesarios para operar sin exposición regulatoria.
Documentación legal obligatoria para operar en el entorno digital: aviso legal, política de privacidad, política de cookies y, cuando proceda, condiciones de contratación. Redactada con precisión jurídica y adaptada a la actividad concreta, no trasladada de otra web. Cumple el RGPD y la normativa de servicios de la sociedad de la información.
Declaración pública sobre el uso de inteligencia artificial en los productos y procesos de la empresa: qué sistemas se utilizan, con qué propósito y con qué garantías para los usuarios afectados. Un entregable que clientes, reguladores e inversores van a exigir con creciente frecuencia y que todavía pocos despachos están en condiciones de ofrecer.
Documentación contractual para formalizar la relación con clientes y proveedores con las condiciones, responsabilidades y alcance bien definidos desde el primer encargo. Incluye el contrato de prestación de servicios adaptado a la operativa de la empresa, con cláusulas de limitación de responsabilidad y régimen de pagos, listo para firmar.
§ 4
Responsables

Entiendo la abogacía como una disciplina de precisión. Trabajo donde el derecho se cruza con la tecnología y con las operaciones entre países, y leo el código y los contratos con la misma atención. Antes de aceptar un encargo te digo si merece la pena y cuánto cuesta, con precio cerrado.
§ 5
Preguntas
El Reglamento de Inteligencia Artificial es de aplicación general desde el 2 de agosto de 2026, con las obligaciones de transparencia del artículo 50 exigibles desde esa fecha. El Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital) introdujo un régimen transitorio para el artículo 50(2) y dos nuevas prohibiciones en el artículo 5, ambas operativas desde el 2 de diciembre de 2026. El régimen de alto riesgo se desplazó al 2 de diciembre de 2027 para los sistemas del Anexo III y al 2 de agosto de 2028 para los del Anexo I. Determinar cuál de esos calendarios afecta a tu empresa exige clasificar antes sus sistemas.
Este encargo parte de 5.000 € + IVA. El importe exacto se cierra en la hoja de encargo antes de que pagues, y depende del número de sistemas a clasificar y de si hay tratamiento de datos personales que obligue a integrar la evaluación de impacto en protección de datos en el mismo ejercicio.
Puede documentar procesos y ayudar a mantener registros ordenados. La clasificación de un sistema bajo el AI Act es una calificación jurídica antes que una tarea técnica, y el dictamen que la sostiene lo firma un abogado colegiado, con responsabilidad profesional y deber de secreto. Ante un requerimiento de la AESIA, la diferencia entre un informe de consultoría y un dictamen jurídico firmado se nota.
Sí. Quien utiliza un sistema de IA en el marco de su actividad profesional es responsable del despliegue y tiene obligaciones propias de transparencia, supervisión humana y registro. Además, el artículo 25 del Reglamento puede atribuirte la condición de proveedor sin que lo hayas decidido: basta con ofrecer el sistema bajo tu marca, modificarlo sustancialmente o darle una finalidad distinta de la prevista. Comprobar en qué posición está la empresa es la primera parte del encargo.
Las herramientas de gestión sirven para mantener el expediente ordenado una vez construido. Lo que ninguna resuelve es la decisión previa sobre qué es cada sistema, qué obligaciones le corresponden y quién responde de ellas, que es la parte que se sostiene o cae en una inspección. Este encargo produce esa decisión documentada, y la herramienta que utilices después resulta indiferente.
Por el Diagnóstico AI Act. En siete días sabrás qué te exige el Reglamento y recibirás una propuesta de adaptación.
Sí. La autoevaluación del AI Act recorre en dos minutos las doce preguntas que usamos para clasificar un caso. Te dice si tus huecos son de base, si se cierran con un encargo acotado o si no necesitas abogado. Es gratuita, no pide registro y no guarda tus respuestas.
Por una videoconsulta de 60 minutos por 90 € (IVA incluido), en la que se revisa el caso concreto y se determina si este es el servicio adecuado. Su importe se descuenta de la primera factura si el encargo se activa.
Sesenta minutos por Google Meet con un abogado colegiado. Cuestan 90 € con IVA incluido y se descontarán de la primera factura si después hay encargo.