Te representaremos desde el intento de acuerdo previo hasta la sentencia.
§ 1
Criterio
Intentaremos el acuerdo que la ley exige antes de demandar, y en muchos asuntos el conflicto se resuelve ahí.
Elegiremos el cauce adecuado a tu caso, también el monitorio cuando la deuda está documentada, con el mismo precio cerrado.
Contestar bien una demanda exige el mismo trabajo que plantearla, así que el alcance y el precio serán los mismos en las dos posiciones.
§ 2
Encargo
El importe exacto se cierra en la hoja de encargo antes de pagar, con los gastos previsibles incluidos. Si el encargo se alarga, no pagas más.
§ 3
Proceso
Sesión de trabajo de 60 minutos por videoconsulta en la que analizamos tu situación, tus necesidades específicas y nuestra capacidad para ayudarte. Valoraremos tu posibilidad de contratar con nosotros y te anticiparemos el precio cerrado. Puedes reservarla libremente a través del enlace de nuestra web a Google Calendar y abonar 90 € por Stripe.
Documento elaborado tras la aceptación del encargo que recoge y comunica la estrategia jurídica acordada para el asunto. Concreta el planteamiento procesal, los argumentos principales, la prueba que se va a desplegar y los objetivos del procedimiento. Es la hoja de ruta del caso y el punto de referencia para cualquier decisión táctica posterior.
Actuación previa al proceso judicial obligatoria conforme a la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio de Justicia. Comprende la elección de un MASC razonable, adecuado al caso concreto y orientado a la resolución, además de al cumplimiento del requisito de procedibilidad.
Redacción y presentación del escrito inicial del proceso en el que se ejercitan las pretensiones del cliente, se expone el relato fáctico con precisión jurídica y se fundamenta el petitum en derecho y jurisprudencia aplicable. Entregable firmado y presentado ante el órgano competente, con la prueba documental debidamente ordenada y referenciada.
Redacción y presentación del escrito de defensa frente a la demanda formulada por la parte contraria. Analiza las pretensiones del demandante, articula las excepciones procesales y materiales procedentes y formula la posición jurídica del cliente con los medios de prueba que la sustentan. Incluye la reconvención cuando procede.
Atención continua del asunto entre actuaciones principales: control de plazos, impulso procesal o administrativo, atención a requerimientos de subsanación y gestión de notificaciones. El cliente recibe comunicación puntual cada vez que hay una novedad en el expediente y no tiene que preguntar para saber qué está pasando.
Preparación y asistencia a la audiencia previa al juicio ordinario prevista en el artículo 414 LEC: resolución de defectos procesales, fijación definitiva del objeto del litigio y proposición y admisión de prueba. Es la actuación que define el perímetro del debate en el juicio y en la que se juega buena parte del resultado.
Preparación y asistencia al acto del juicio oral: organización de la prueba, formulación de conclusiones definitivas y defensa oral de las pretensiones del cliente ante el órgano jurisdiccional. Incluye el estudio previo del resultado probatorio, el ajuste de la estrategia argumental y la gestión de los trámites hasta la notificación de sentencia.
§ 4
Responsables

Entiendo la abogacía como una disciplina de precisión. Trabajo donde el derecho se cruza con la tecnología y con las operaciones entre países, y leo el código y los contratos con la misma atención. Antes de aceptar un encargo te digo si merece la pena y cuánto cuesta, con precio cerrado.
§ 5
Preguntas
Desde 2.000 € + IVA, con precio cerrado en la hoja de encargo antes de empezar. Cubre el procedimiento completo, verbal u ordinario, desde el intento de acuerdo previo hasta la vista y la sentencia. Los honorarios del procurador no están incluidos en esa cifra orientativa, porque cada procurador fija los suyos libremente. Una vez designado, se incorporan al precio cerrado de la hoja de encargo, que es el importe total que pagas.
El verbal se sigue para cuantías de hasta 15.000 euros y para las materias que la ley le atribuye por razón del objeto; el ordinario, para cuantías superiores y para los asuntos reservados a ese cauce. La diferencia práctica está en la estructura de los escritos, en la fase de prueba y en los plazos, no en el modelo de honorarios: el precio se cierra igual en los dos casos.
Sí. Desde la Ley Orgánica 1/2025, acreditar un intento de negociación por un medio adecuado de solución de controversias es requisito de procedibilidad en los asuntos civiles y mercantiles. Ese trámite está incluido en el encargo y no genera partida aparte, y en un número apreciable de asuntos resuelve el conflicto antes de que llegue al juzgado.
Un Memo Estratégico con la estrategia procesal y la valoración honesta de la viabilidad del asunto, en el que te decimos lo que puede salir bien y lo que puede salir mal. Nuestros honorarios no varían en ningún caso: el precio cerrado lo es tanto si se gana como si se pierde.
Puedes empezar por la Reclamación extrajudicial, desde 600 € + IVA.
Para eso está la Ejecución de sentencias, desde 2.000 € + IVA.
No. Aceptamos encargos judiciales a partir de 10.000 € en juego, porque por debajo de ese umbral el coste del litigio rara vez compensa al cliente y preferimos decírtelo. Nuestros honorarios tampoco superan nunca el 20 % de la cuantía en juego. Si tu situación encaja, puedes reservar una videoconsulta de 60 minutos por 90 € (IVA incluido), descontables de la primera factura si finalmente aceptamos tu encargo.
Sesenta minutos por Google Meet con un abogado colegiado. Cuestan 90 € con IVA incluido y se descontarán de la primera factura si después hay encargo.